Derecho laboral · Permisos retribuidos · Conciliación
Permiso de cinco días por hospitalización: sin tope anual y sin extinción automática por el alta hospitalaria
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia 753/2026, de 25 de septiembre, confirma que el permiso del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores no está sujeto a un tope anual, siempre que concurra un nuevo hecho causante que reúna los requisitos legales, y que el alta hospitalaria no lo extingue por sí sola mientras persista la necesidad de cuidados.
El permiso de cinco días por hospitalización no funciona como una bolsa anual de días. Así lo ha declarado la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en la sentencia 753/2026, de 25 de septiembre (recurso de casación 135/2025), que desestima el recurso del Grupo RACE y confirma la sentencia 39/2025 de la Audiencia Nacional, de 7 de marzo de 2025.
Resumen ejecutivo
El Supremo resuelve dos cuestiones. Primera: el permiso retribuido del artículo 37.3.b) ET tiene una duración máxima de cinco días por cada supuesto de hecho que reúna los requisitos legales, y no de cinco días por año natural. Segunda: cuando la causa es una hospitalización, el alta hospitalaria no pone fin por sí sola al permiso, que puede continuar durante el reposo domiciliario posterior mientras persista la necesidad de cuidados, dentro del mismo máximo de cinco días.
Para revisar políticas internas de permisos o reclamar su disfrute, puede consultarse el área de asesoría laboral y recursos humanos de GCLEX.
Contenido del artículo
1. El conflicto colectivo en el Grupo RACE
El litigio lo promovieron FeSMC-UGT, Servicios-CCOO y CSIF frente a cuatro sociedades del grupo de servicios del Real Automóvil Club de España: Race Asistencia, Asegurace, Unión de Automóviles Clubs y Grupo Empresarial RACE. Según los hechos probados, el conflicto tenía ámbito estatal y afectaba a toda la plantilla, regida por un convenio colectivo de 2015 en situación de ultraactividad.
Los sindicatos denunciaron dos prácticas empresariales: reconocer un único permiso de cinco días laborables al año, aunque surgiera un nuevo hecho causante, y limitar el permiso a los días de ingreso hospitalario aunque el familiar siguiera necesitando cuidados en casa. La Audiencia Nacional declaró nulas ambas prácticas y las empresas recurrieron en casación.
2. Permiso de cinco días por hospitalización: por cada hecho causante, no por año
La empresa sostenía que, tras el Real Decreto-ley 5/2023, que transpuso la Directiva (UE) 2019/1158, el permiso de cinco días por hospitalización debía leerse con el límite de «cinco días laborables al año por trabajador» que menciona la norma europea para el permiso de cuidadores.
El Supremo rechaza esa lectura comparando el texto anterior y el vigente del artículo 37.3.b) ET. Antes de 2023 el permiso era de dos días (cuatro con desplazamiento) y se reconocía por cada supuesto. La reforma elevó la duración a cinco días para alcanzar el mínimo europeo y amplió las personas que pueden causar el permiso. Pero en los elementos discutidos en este pleito (la hospitalización, el reposo domiciliario posterior y la ausencia de límite anual) no modificó el supuesto ni introdujo un tope por año.
Conforme al texto vigente del artículo 37.3.b) ET, pueden causar el permiso de cinco días por hospitalización el cónyuge, la pareja de hecho, los parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho) y cualquier otra persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo. Antes de 2023 el precepto se refería solo a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
«Se mantiene la regulación tradicional con la mera elevación del número de días máximo de duración del permiso, vinculándose cada permiso a su concreto supuesto de hecho habilitante y sin referencia a ningún máximo anual.» (STS 753/2026, fundamento de derecho tercero)
La Sala precisa que no se trata de un derecho abstracto e incondicionado: los cinco días son el periodo máximo retribuido para cada supuesto de hecho y solo pueden disfrutarse, hasta ese máximo, en tanto subsista la necesidad que lo causa. Además, deja expresamente sin resolver qué concepto de supuesto de hecho debe aplicarse cuando un mismo proceso patológico da lugar a varias hospitalizaciones o necesidades de cuidados, porque no era objeto del pleito. «Sin tope anual» no significa, por tanto, que cada reingreso genere automáticamente cinco días nuevos: solo nace un nuevo permiso si se trata de un nuevo supuesto que reúna los requisitos legales.
3. Alta hospitalaria no es alta médica: cuándo continúa el permiso de cinco días por hospitalización
Sobre la duración del permiso de cinco días por hospitalización tras el alta, el Tribunal Supremo se remite a su doctrina consolidada, cuyo último ejemplo es la STS 443/2026, de 22 de abril (rec. 126/2025), y que recoge pronunciamientos como la STS 381/2025, de 6 de mayo (rec. 104/2023) o la STS 752/2018, de 12 de julio.
La clave, según esa jurisprudencia, está en si tras el alta hospitalaria no solo no se ha producido el alta médica, sino que se ha prescrito reposo domiciliario porque el paciente sigue necesitando cuidados. El alta hospitalaria solo indica que el paciente ya no necesita estar ingresado; el alta médica es la que evidencia que ha desaparecido la razón del permiso.
En la misma línea, la STS 381/2025 declaró que el permiso puede extinguirse antes de llegar a su término máximo por el alta médica del pariente, y que no es admisible seguir disfrutándolo cuando el familiar ya está curado. El reposo domiciliario tampoco añade otros cinco días: la hospitalización y el reposo posterior forman un mismo permiso, con el máximo legal de cinco días por hecho causante, sin perjuicio de las condiciones más favorables que pueda establecer el convenio colectivo aplicable.
Criterio interpretativo
La jurisprudencia citada por la Sala considera oportuno presumir la persistencia de los requisitos del permiso (gravedad o reposo domiciliario) si el alta hospitalaria no va acompañada de la correspondiente alta médica. Con ello se evita trasladar a la persona trabajadora una prueba difícil. Se trata de una presunción ligada a la justificación del permiso: los cinco días siguen siendo un máximo, no un derecho a agotarlos en todo caso.
4. La Directiva 2019/1158 fija mínimos, no techos
El núcleo del recurso era el principio de interpretación conforme al Derecho de la Unión. La Sala lo acepta, pero distingue: si una directiva armoniza por completo una materia, la norma interna no puede apartarse de ella; si solo fija mínimos, como la Directiva (UE) 2019/1158, basta con no quedar por debajo de ese umbral.
El artículo 16 de la Directiva permite mantener disposiciones más favorables y prohíbe utilizar su aplicación como causa para reducir el nivel general de protección. Si el legislador hubiera querido recortar el permiso de cinco días por hospitalización, concluye el Tribunal, debería haberlo dicho con claridad, y el texto del Real Decreto-ley 5/2023 no lo hace.
5. Qué cambia para empresas y trabajadores
La sentencia obliga a revisar los protocolos internos que todavía limiten el permiso de cinco días por hospitalización. La tabla resume el criterio aplicado:
| Práctica empresarial | Criterio del Supremo | Consecuencia |
|---|---|---|
| Un único permiso de cinco días por año | Hasta cinco días por cada nuevo hecho causante que reúna los requisitos legales | Práctica nula |
| Fin del permiso con el alta hospitalaria | Puede continuar durante el reposo domiciliario mientras persista la necesidad de cuidados, dentro del máximo de cinco días | Práctica nula |
| Exigir justificación del hecho causante | El permiso se concede «previo aviso y justificación» (art. 37.3 ET) | Se mantiene |
| Reingreso por el mismo proceso patológico | No resuelto por la STS 753/2026 | Cuestión abierta: no genera automáticamente un nuevo permiso |
Lectura práctica
Conviene que las personas trabajadoras conserven el justificante del ingreso y, en su caso, la prescripción de reposo domiciliario. Las empresas pueden seguir exigiendo esa justificación, pero no denegar un nuevo permiso de cinco días por hospitalización, cuando concurra un nuevo hecho causante, solo porque ya se haya disfrutado otro en el mismo año.
Para formalizar la solicitud del permiso de cinco días por hospitalización, GCLEX dispone de un modelo de solicitud de permiso por enfermedad grave u hospitalización. El texto vigente del precepto puede consultarse en el Estatuto de los Trabajadores publicado en el BOE. También le puede interesar nuestro análisis sobre el descanso diario de 11 horas.
6. Conclusión
La STS 753/2026 consolida un criterio finalista: el permiso de cinco días por hospitalización se mide por la necesidad efectiva de cuidados de la persona causante, no por un calendario anual ni por la fecha en que el paciente abandona el centro sanitario. Ese criterio opera en ambos sentidos: el permiso de cinco días por hospitalización puede terminar antes de agotar ese máximo si desaparece la causa, o continuar tras el alta hospitalaria si persiste, pero sin superar el máximo legal por cada hecho causante. La transposición de una directiva de mínimos no puede servir para rebajar derechos que ya existían en el ordenamiento español.
La sentencia no impone costas, decreta la pérdida del depósito para recurrir y declara firme la resolución de la Audiencia Nacional, de modo que las prácticas anuladas no pueden seguir aplicándose en el grupo afectado y el criterio servirá de referencia en otros conflictos.
¿Le han denegado o recortado un permiso retribuido?
Si su empresa limita el permiso de cinco días por hospitalización, un análisis del convenio aplicable, de la justificación aportada y de la práctica de la empresa permite valorar la reclamación o adaptar la política interna de permisos.
Consultar con GCLEXPreguntas frecuentes
¿Puedo disfrutar dos veces en el mismo año el permiso de cinco días por hospitalización?
Sí, siempre que se trate de un nuevo hecho causante que reúna los requisitos del artículo 37.3.b) ET, por ejemplo la hospitalización de otra de las personas que dan derecho al permiso. La STS 753/2026 descarta el límite anual, pero no resuelve cuándo varios ingresos derivados de un mismo proceso patológico son hechos distintos, por lo que un reingreso no genera automáticamente cinco días nuevos.
¿El permiso termina cuando la persona hospitalizada recibe el alta hospitalaria?
No necesariamente. El alta hospitalaria no extingue por sí sola el permiso de cinco días por hospitalización: si se prescribe reposo domiciliario y persiste la necesidad de cuidados, puede continuar dentro del mismo máximo de cinco días. El reposo no añade días nuevos, y el permiso termina antes si desaparece la causa, por ejemplo con el alta médica.
¿Puede la empresa pedir justificantes?
Sí. El artículo 37.3 ET exige previo aviso y justificación, por lo que la empresa puede requerir documentación que acredite el hecho causante y, en su caso, el reposo domiciliario.
¿Quién puede causar el permiso de cinco días por hospitalización?
Según el artículo 37.3.b) ET, el cónyuge, la pareja de hecho, los parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho) y cualquier otra persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo.
Artículo elaborado con finalidad informativa a partir del texto de la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, núm. 753/2026, de 25 de septiembre de 2026 (recurso de casación 135/2025, ponente Rafael Antonio López Parada). No sustituye el asesoramiento profesional individualizado.




