El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un pilar fundamental del sistema tributario español. Grava las ganancias de los trabajadores, aplicando un principio de progresividad: quienes más ganan, más aportan al sostenimiento de los servicios públicos. Para que el pago de este impuesto no suponga un desembolso excesivo al final del año, se establece un sistema de retenciones en la nómina. Sin embargo, existen situaciones en las que estas retenciones no se aplican o, a pesar de ellas, el resultado de la declaración de la renta es a pagar. A continuación, profundizaremos en las razones detrás de la ausencia de retenciones en algunos casos y analizaremos el impacto de tener dos pagadores en la declaración de la renta.
El IRPF y el Sistema de Retenciones: Un Vistazo General
El IRPF, regulado por la Ley 35/2006 y el Real Decreto 439/2007, es un impuesto con las siguientes características:
- Personal: Se basa en las circunstancias individuales del contribuyente.
- Directo: Recae directamente sobre la renta del individuo.
- Progresivo: Aumenta su porcentaje en función de los ingresos.
- Periódico: Se liquida anualmente, el 31 de diciembre.
Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se implementa un sistema de retenciones en la nómina. Estas retenciones actúan como pagos a cuenta del IRPF, anticipando parte del impuesto que se deberá abonar al finalizar el año.
Límites de Obligación de Declarar en 2024:
Situación | Límite |
Rendimientos del Trabajo (un pagador) | 22.000€ |
Rendimientos del Trabajo (dos o más pagadores*) | 15.000€ |
Rendimientos íntegros del trabajo | 14.000€ |
Pensiones compensatorias del cónyuge | 14.000€ |
*Cuando la suma del segundo y posteriores pagadores supere 1.500€.
¿Por qué mi nómina no tiene retención de IRPF?
La ausencia de retención de IRPF en la nómina puede deberse a diversas circunstancias:
1. Nivel de Ingresos:
- Ingresos inferiores al mínimo personal: Si las retribuciones anuales no superan los 5.550€, el trabajador no está obligado a declarar IRPF y, por lo tanto, no se le aplicará retención.
- Pensiones exentas: Algunas pensiones, como las de orfandad o las de invalidez en ciertos grados, están exentas de tributación.
2. Situaciones Especiales:
- Contratos de corta duración: En contratos de trabajo con una duración inferior a un año, puede no aplicarse retención.
- Elevadas cargas familiares: Los trabajadores con familias numerosas o con personas a su cargo con discapacidad pueden beneficiarse de reducciones que disminuyan la retención de IRPF.
- Reducciones específicas: Existen deducciones y bonificaciones (por ejemplo, por inversión en vivienda o por doble imposición internacional) que pueden reducir la base imponible y, en consecuencia, la retención.
3. Tipo de Contrato:
- Contratos formativos: Algunos contratos formativos, como los de prácticas o los de aprendizaje, pueden estar exentos de retención de IRPF.
- Contratos temporales: Determinados contratos temporales, especialmente aquellos de corta duración o con finalidades específicas, pueden no estar sujetos a retención.
4. Error del pagador: Aunque es menos frecuente, la ausencia de retención puede deberse a un error en el cálculo o en la aplicación del tipo de retención por parte de la empresa.
Es importante destacar que, aunque no se aplique retención en la nómina, el trabajador puede estar obligado a presentar la declaración de la renta si sus ingresos superan los límites establecidos por la ley. En este caso, deberá abonar el importe del impuesto correspondiente en el momento de la declaración.
Dos Pagadores y su Influencia en la Declaración de la Renta
Tener dos o más pagadores no implica necesariamente que la declaración de la renta vaya a salir a pagar. Sin embargo, esta situación puede aumentar la probabilidad de tener que abonar una cantidad a Hacienda, especialmente si no se ha ajustado correctamente el tipo de retención.
¿Por qué ocurre esto?
Cada pagador aplica la retención de IRPF basándose únicamente en los ingresos que el trabajador percibe de él, sin tener en cuenta los ingresos procedentes de otras fuentes. Al sumar los ingresos de todos los pagadores, es posible que el trabajador se sitúe en un tramo impositivo superior al que le correspondería con cada pagador individualmente. En consecuencia, la retención total aplicada puede ser inferior a la que debería haber sido, generando un pago adicional en la declaración de la renta.
Cálculo de Retenciones con Dos Pagadores
La fórmula básica para calcular la retención de IRPF es la siguiente:
- Base para el cálculo: Rendimientos íntegros del trabajo – Reducciones aplicables
- Tipo de retención: (Cuota de retención ÷ Base para el cálculo) × 100
Procedimiento de Regularización:
Para evitar sorpresas en la declaración de la renta, es recomendable que los trabajadores con dos pagadores comuniquen esta situación a sus empresas y a la Agencia Tributaria (AEAT):
- Comunicación a la empresa: A través del modelo 145, el trabajador informa a la empresa sobre sus datos personales y familiares, lo que permite ajustar la retención de IRPF.
- Solicitud a la AEAT: Los pensionistas que tengan dos o más pagadores para acogerse al procedimiento especial, cuyo objetivo fundamental consiste en lograr que el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta sobre las pensiones y haberes pasivos procedentes de más de un pagador soportados por los contribuyentes que se acojan al mismo, coincida con el que hubieran soportado de haber procedido los citados rendimientos de un solo pagador. Si se desea aplicar un tipo de retención específico, se puede solicitar a la AEAT mediante el modelo 146. Esta solicitud se puede realizar en cualquier momento del ejercicio fiscal.
Tabla de Tramos IRPF 2024 (General)
Base Imponible (€) | Tipo Aplicable |
Hasta 12.450 | 19% |
12.450 – 20.200 | 24% |
20.200 – 35.200 | 30% |
35.200 – 60.000 | 37% |
60.000 – 300.000 | 45% |
Más de 300.000 | 47% |
Recomendaciones Prácticas
El trabajador debe tener en cuenta una previsión de ingresos anuales, y puede calcular el porcentaje de IRPF que le corresponde en nuestros enlaces a las calculadoras oficiales de la AEAT
- Con dos pagadores:
- Solicitar una retención adicional voluntaria a uno o ambos pagadores.
- Realizar aportaciones a planes de pensiones, que pueden reducir la base imponible.
- Mantener un ahorro para hacer frente a un posible resultado a pagar en la declaración de la renta.
- Sin retención en la nómina:
- Solicitar retención voluntaria a la empresa, si se prevé que pudieran superarse los rendimientos o salarios establecidos para la obligación de realizar renta.
- Solicitar una revisión del tipo de retención si se considera que no es correcto.
- Planificar el ahorro fiscal, aprovechando las deducciones y bonificaciones a las que se tenga derecho.
Marco Normativo Relevante
- Ley 35/2006 del IRPF
- Real Decreto 439/2007 (Reglamento del IRPF)
- Orden HFP/1172/2023 (Modelos de declaración)
- Real Decreto-ley 13/2022 (Modificaciones recientes)
En conclusión, la ausencia de retención de IRPF en la nómina o la presencia de dos pagadores son situaciones que requieren atención por parte del trabajador. Es importante conocer las razones detrás de estas circunstancias y tomar las medidas necesarias para evitar sorpresas desagradables en la declaración de la renta.
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