Protege tu Futuro: La Clave para Transformar tu Negocio Autónomo en una Sociedad Mercantil

Sociedad mercantil

La importancia de crear sociedades mercantiles ante los riesgos de la contratación laboral como autónomos

En el cambiante panorama laboral actual, muchos profesionales optan por el camino del trabajo autónomo, atraídos por la flexibilidad y la independencia que ofrece. Sin embargo, esta modalidad laboral también conlleva una serie de riesgos e incertidumbres que no deben pasarse por alto. En este contexto, la creación de una sociedad mercantil emerge como una estrategia clave para protegerse y asegurar un futuro más estable.

Los riesgos del trabajo autónomo

El autónomo, a diferencia del trabajador por cuenta ajena, asume una mayor responsabilidad y carga financiera. Entre los riesgos más comunes se encuentran:

  • Responsabilidad ilimitada: En caso de deudas o problemas legales, el autónomo responde con todo su patrimonio personal. Esto se fundamenta en el artículo 1911 del Código Civil español, que establece: «Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros». Esto significa que, si la actividad profesional genera pérdidas o se incurre en alguna obligación incumplida, los bienes personales del autónomo, como su vivienda o sus ahorros, podrían verse comprometidos. Además, si el autónomo tiene empleados, también puede verse sujeto a fuertes indemnizaciones en caso de despido, como establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 56, lo que aumenta aún más su exposición al riesgo. Aunque existen mecanismos como la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social (conocida como Ley de Segunda Oportunidad) para ayudar a los autónomos en situaciones de insolvencia, estos procesos pueden ser largos y complejos, y no siempre garantizan la exoneración total de las deudas.
  • Inestabilidad de ingresos: La fluctuación de clientes y proyectos puede generar incertidumbre económica. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, que reciben una nómina fija cada mes, los autónomos dependen de la consecución de proyectos y de la puntualidad en los pagos de sus clientes. Esto puede llevar a periodos de ingresos bajos o incluso a la falta de ingresos.
  • Falta de protección social: El acceso a prestaciones como la baja por enfermedad o el desempleo es más limitado. Los autónomos deben cotizar a la Seguridad Social por su cuenta, y las prestaciones a las que tienen derecho suelen ser inferiores a las de los trabajadores por cuenta ajena. Según el Real Decreto-ley 28/2018, los autónomos tienen derecho a prestaciones por cese de actividad, pero con condiciones más restrictivas que los trabajadores por cuenta ajena. Además, en caso de enfermedad o accidente, los autónomos no tienen derecho a una prestación por incapacidad temporal durante los primeros días de baja.
  • Dificultad para acceder a financiación: Las entidades bancarias suelen ser más reticentes a conceder préstamos a autónomos. Esto se debe en parte a la Ley 10/2014, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, que obliga a los bancos a evaluar rigurosamente la solvencia de los solicitantes de crédito. Al no tener una nómina fija, los autónomos pueden tener dificultades para demostrar su capacidad de pago, lo que dificulta el acceso a financiación para invertir en su negocio o hacer frente a imprevistos.

La sociedad mercantil como solución

La constitución de una sociedad mercantil, como una Sociedad Limitada (SL) o una Sociedad Anónima (SA), ofrece una serie de ventajas que pueden mitigar los riesgos asociados al trabajo autónomo:

  • Limitación de responsabilidad: La principal ventaja de una sociedad mercantil es que limita la responsabilidad de los socios al capital aportado a la sociedad. Esto se establece en el artículo 1.2 de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010), que dice: «En la sociedad de responsabilidad limitada y en la sociedad anónima, el capital, que estará dividido en participaciones sociales o en acciones, estará integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales». Esto significa que, en caso de deudas o problemas legales, los socios solo responden con el patrimonio de la sociedad, y su patrimonio personal queda protegido. Esta protección es especialmente valiosa en situaciones de insolvencia o de despidos, ya que evita que los socios tengan que responder con sus bienes personales ante las deudas de la empresa o las indemnizaciones a los trabajadores.
  • Mayor estabilidad y credibilidad: Una sociedad mercantil proyecta una imagen de mayor solidez y profesionalidad, lo que puede facilitar la captación de clientes y la obtención de financiación. Esto se refleja en la jurisprudencia, como en la Sentencia del Tribunal Supremo 246/2007, que reconoce la personalidad jurídica independiente de las sociedades mercantiles. Además, al tener una estructura jurídica más formal, la sociedad mercantil puede acceder a licitaciones públicas y a otro tipo de contratos que suelen estar reservados a empresas.
  • Acceso a beneficios fiscales: Las sociedades mercantiles pueden acogerse a determinados beneficios fiscales. Por ejemplo, el artículo 29 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades establece un tipo reducido del 15% para empresas de nueva creación durante los dos primeros períodos impositivos. Estos beneficios pueden suponer un importante ahorro para la empresa y contribuir a su crecimiento.
  • Planificación sucesoria: La sociedad mercantil permite planificar la sucesión de la empresa. Esto se regula en los artículos 110 a 112 de la Ley de Sociedades de Capital, que establecen el régimen de transmisión de participaciones. Esto puede ser especialmente relevante en empresas familiares o en aquellas en las que la continuidad del negocio es clave para su éxito.
  • Colaboración y crecimiento: Una sociedad mercantil permite la incorporación de socios y la formación de equipos. El Tribunal Supremo, en su Sentencia 438/2010, ha destacado la importancia de los pactos de socios para regular las relaciones entre los miembros de una sociedad. La suma de capital, conocimientos y habilidades de diferentes socios puede impulsar la empresa hacia nuevos horizontes y abrir puertas a oportunidades que serían difíciles de alcanzar en solitario. Sin embargo, es crucial establecer acuerdos claros y una estructura de gobierno sólida para evitar conflictos y asegurar que todos los socios estén comprometidos con el proyecto empresarial. La falta de implicación o el desentendimiento de algunos socios pueden generar tensiones y obstaculizar el progreso de la empresa.
  • Seguridad para los trabajadores: En caso de insolvencia del empresario o autónomo, los trabajadores cuentan con la protección del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Este organismo, regulado por el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 505/1985, garantiza el pago de salarios e indemnizaciones pendientes a los trabajadores en caso de insolvencia o concurso del empleador. Esto proporciona una mayor seguridad a los empleados y puede hacer más atractiva la contratación de personal.

¿Cuándo es recomendable crear una sociedad mercantil?

Si bien la creación de una sociedad mercantil ofrece numerosas ventajas, también conlleva una serie de obligaciones y trámites administrativos que deben tenerse en cuenta. Por ello, es importante valorar si esta opción es la más adecuada para cada caso concreto.

En general, se recomienda crear una sociedad mercantil cuando:

  1. La actividad profesional genera un volumen de ingresos considerable: Si los ingresos del autónomo son elevados, la creación de una sociedad mercantil puede ser una opción interesante para reducir la carga fiscal y limitar la responsabilidad.
  2. Se prevé contratar trabajadores: Si el autónomo tiene previsto contratar trabajadores, la sociedad mercantil puede facilitar la gestión laboral y ofrecer una mayor protección jurídica tanto para la empresa como para los empleados.
  3. Se busca acceder a financiación: Si el autónomo necesita acceder a financiación para invertir en su negocio o hacer frente a imprevistos, la sociedad mercantil puede facilitar la obtención de préstamos y otras fuentes de financiación.
  4. Se desea proyectar una imagen de mayor solidez y profesionalidad: Si el autónomo busca captar clientes importantes o acceder a licitaciones públicas, la sociedad mercantil puede ser una opción interesante para proyectar una imagen de mayor solidez y profesionalidad.
  5. Se prevé la participación de más personas en el proyecto empresarial: Si el autónomo tiene la intención de incorporar socios, inversores u otros colaboradores al proyecto, la sociedad mercantil ofrece un marco legal adecuado para regular las relaciones entre los diferentes participantes y establecer una estructura de gobierno clara y transparente. Esto facilita la captación de inversión, la distribución de beneficios y la toma de decisiones, contribuyendo al crecimiento y la consolidación del negocio.

Conclusiones

La creación de una sociedad mercantil puede ser una decisión estratégica para los autónomos que buscan proteger su patrimonio personal, acceder a beneficios fiscales y proyectar una imagen de mayor solidez y profesionalidad. Esta decisión debe tomarse considerando la normativa vigente, como la Ley de Sociedades de Capital y la Ley del Impuesto sobre Sociedades, así como la jurisprudencia relevante del Tribunal Supremo en materia mercantil.

Antes de tomar una decisión, es importante analizar detenidamente la situación personal y profesional, valorar los riesgos y las oportunidades, y buscar asesoramiento especializado para elegir la forma jurídica más adecuada para cada caso concreto. En cualquier caso, la creación de una sociedad mercantil puede ser un paso importante para consolidar un negocio y asegurar su futuro a largo plazo.

En resumen, la creación de una sociedad mercantil es una herramienta valiosa para los autónomos que buscan minimizar los riesgos asociados a su actividad profesional y construir un futuro más seguro y próspero, siempre dentro del marco legal establecido por la legislación española y europea.

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