Alta médica INSS anulada por falta de mejoría clínica del trabajador
El “alta médica de oficina” frente a la realidad clínica del trabajador
Toledo, 16 de enero de 2026
El Tribunal de Instancia de Toledo ha dictado una resolución de especial relevancia en materia de incapacidad temporal, declarando una alta médica INSS anulada por falta de mejoría clínica real, frente a una decisión administrativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La Sentencia nº 10/2026 constituye un claro ejemplo de control judicial frente a decisiones administrativas que priorizan plazos y automatismos burocráticos sobre la verdadera situación de salud del trabajador.
Este pronunciamiento refuerza una doctrina cada vez más consolidada: el alta médica no puede sustentarse en criterios administrativos abstractos, sino en una evaluación clínica rigurosa y ajustada a la capacidad funcional real del paciente y a las exigencias de su puesto de trabajo.
La primacía de la salud frente al alta médica administrativa
La magistrada de la Sección Social del Tribunal de Instancia de Toledo (Plaza 4) concluye que la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) carecía de base clínica suficiente en el momento de su emisión. En consecuencia, considera improcedente obligar a la trabajadora a reincorporarse a su actividad profesional cuando no existía una recuperación funcional efectiva.
La sentencia rechaza de forma expresa los argumentos defendidos tanto por la Mutua colaboradora como por el INSS, que habían minimizado la entidad de las patologías sufridas por la trabajadora, ignorando la persistencia del dolor, la limitación funcional y la continuidad del tratamiento médico.
Elementos clave que sustentan la anulación del alta médica
El tribunal fundamenta su decisión en una valoración exhaustiva de la prueba médica y laboral, destacando los siguientes aspectos determinantes:
Falta de evolución favorable
Quedó acreditado que la trabajadora permanecía en situación de incapacidad temporal desde mayo de 2024, sin que se hubiera producido una mejoría clínica significativa en las patologías que afectaban a su hombro y codo derecho, tras más de un año de baja médica.
Persistencia del dolor y la limitación funcional
Los informes de traumatología emitidos en fechas próximas al alta reflejaban que la paciente continuaba “muy limitada por dolor generalizado”, circunstancia incompatible con el desempeño normal de su actividad laboral.
Necesidad de tratamiento activo
La resolución judicial subraya que la demandante seguía inmersa en un proceso de rehabilitación, con tratamientos en curso y con una valoración pendiente por la Unidad de Hombro, lo que evidencia que la dolencia no estaba estabilizada ni había alcanzado carácter definitivo.
Análisis de la realidad profesional
Aunque la trabajadora era titular de su propio establecimiento, el tribunal valida que su trabajo diario incluía tareas físicas exigentes, especialmente labores de limpieza, incompatibles con sus limitaciones funcionales acreditadas.
El conflicto entre el alta del INSS y la vigilancia de la salud
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la contradicción generada por la propia administración. Mientras el INSS emitía el alta médica, el tribunal médico ya había reconocido limitaciones funcionales, y el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales había declarado a la trabajadora “no apta” para su puesto.
Esta disparidad entre la capacidad laboral real y la aptitud preventiva situó a la trabajadora en un auténtico limbo jurídico, obligándola a afrontar una reincorporación sin haber alcanzado la curación ni una mejora funcional suficiente, con el consiguiente riesgo para su salud.
Automatismos del INSS y desconexión con la realidad clínica
El procedimiento de alta médica del INSS está sometido a plazos estrictos, especialmente en procesos de incapacidad temporal superiores a 365 días. En estos casos, el trabajador dispone de un breve plazo de disconformidad (generalmente 4 días naturales), que debe resolverse en un máximo de 7 días, transcurridos los cuales el alta se convierte automáticamente en definitiva.
Este sistema genera, en la práctica, situaciones de desprotección y abandono institucional, obligando a reincorporaciones basadas en criterios administrativos y no en una valoración clínica real y personalizada.
Esta alta médica INSS anulada pone de manifiesto el conflicto estructural entre los plazos administrativos del INSS y la realidad clínica del trabajador.
Éxito jurídico y refuerzo de la protección social
Como consecuencia del fallo, el tribunal condena al INSS, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Mutua Fremap a reponer a la trabajadora en su situación de Incapacidad Temporal, garantizando el abono de la prestación con efectos retroactivos desde el 14 de octubre de 2025.
La resolución garantiza así que la protección social sea real, efectiva y continuada, hasta la recuperación de la salud del trabajador o el agotamiento del plazo legal máximo.
La defensa jurídica ejercida por el Despacho GCLEX fue determinante, al aportar una carga probatoria sólida y coherente que permitió al tribunal apreciar con claridad la distancia existente entre la capacidad funcional residual de la trabajadora y las exigencias reales de su actividad profesional.
Conclusión
Esta sentencia refuerza el papel de los tribunales como garantes frente a altas médicas indebidas, y consolida la necesidad de que las decisiones del INSS se ajusten a la realidad clínica y laboral, evitando situaciones de riesgo y vulneración de derechos fundamentales.
Casos como esta alta médica INSS anulada evidencian la necesidad de un control judicial efectivo frente a altas médicas emitidas sin una recuperación funcional acreditada.
GCLEX continúa así consolidando su especialización en la defensa de trabajadores frente a altas médicas injustificadas, incapacidad temporal, incapacidad permanente y conflictos derivados de la vigilancia de la salud.




