
Préstamo de doble finalidad: el Supremo protege como consumidor a quien destinó una parte menor a su negocio (STS 1581/2026)
La Sala Primera del Tribunal Supremo (Sentencia 1581/2026, de 7 de octubre) aplica el criterio del objeto predominante: quien firma un préstamo de doble finalidad es consumidor si la parte profesional no predomina. Con un 23 % destinado a un negocio, confirma la nulidad de una cláusula suelo frente a Caixabank y corrige el criterio de la Audiencia, que exigía un uso profesional insignificante.

